miércoles, 8 de julio de 2009

Evasion y Elusion Fiscal



Es de suma importancia conocer de que manera puede ser afectada la recaudación de ingresos por via tributaria partiendo de esta idea el objetivo de este articulo es dar a conocer el significado y repercusion de la evasion y elusion fiscal.



La elusion fiscal es clave para la planificacion fiscal representa el aprovechamiento de los recursos legales disponibles para disminuir en la medida de lo posible la carga fiscal o para atrasar en el tiempo el impacto que esta pudiera tener. Ademas permite al contribuyente evitar el hecho imponible que lo obligue la pago de el tributo o disminuir el costo del mismo. Eludir es perfectamente legal es una herramienta muy utilizada para evitar en lo posible pagar impuestos.


La evasión tributaria es el incumplimiento total o parcial por parte de los contribuyentes en la declaración y pago de sus obligaciones tributarias legales con el fisco, y como tal es susceptible de recibir las sanciones previstas en la ley, en caso de ser detectada.
También se puede definir como la eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlos y que no la hacen utilizando medios fraudulentos u omitiendo conducta ya normales por la Ley; la cual se fundamenta en:
Se presenta por evadir el pago al cual está obligado el contribuyente y cuando existe disminución en el monto exigido.
La norma transgredida tiene su ámbito de aplicación en una determinada nación, es decir, debe referirse a un determinado país.
Se produce para aquellos que están jurídicamente obligados a pagar un determinado tributo.
Es compresiva de todas las conductas contraria a derecho, que tengan como resultado la eliminación o disminución de la carga tributaria con exclusión de que la conducta sea fraudulenta o por omisión
Conducta antijurídica, ya que toda evasión tributaria es violatoria de las disposiciones legales.
La evasión fiscal puede tratarse como un problema de teoría de juegos, según algunos estudiosos en la materia como Allingham y Sandmo, en el año 1972: “El contribuyente se enfrenta a la decisión de evadir o no evadir. Es como una lotería, que se puede comprar o no. Para un individuo racional, la decisión se toma comparando el valor esperado de los beneficios, bastante ciertos, con el valor esperado de los costos, bastante inciertos, asociados con dicha decisión.”
La medición de la evasión tributaria requiere de un conjunto de información y una metodología específica para cada impuesto; en general el intento de medir el nivel de la evasión fiscal, tiene tres problemas centrales:
Por su propia naturaleza, la información para medir la evasión es limitada e imprecisa, porque la "verdadera" información se oculta. Las dificultades surgen de la naturaleza misma del fenómeno, cuyas estructuras básicas reposan sobre lo "subterráneo", lo "invisible", lo "informal"; en fin, sobre un fenómeno cuya esencia es desconocido.
Es difícil evitar el hecho de que los evasores tienden a no contestar o a dar la misma información errada que le dan al fisco, mientras los no evasores tienden a dar la información correcta.
La estructura del sistema impositivo está "contaminada" o "influenciada" por el grado de evasión. La comparación correcta sería entre el recaudo actual en un escenario con evasión y el recaudo potencial en un escenario sin ella, con las tasas que podrían prevalecer si no hubiera evasión y no con las tasas actuales "contaminadas" por dicho fenómeno.
Las metodologías reportadas para la medición de la evasión fiscal se distinguen por el carácter de la indagación (directo/indirecto), el nivel de agregación de la información (macro/micro), por las técnicas estadísticas utilizadas (simulación/estimación econométrica), por el tipo de base tributaria analizada (IVA / impuestos a la nómina).
En Chile, por ejemplo, las metodologías utilizadas implican una comparación entre el recaudo efectivo y el recaudo teórico, de acuerdo con la legislación vigente de ese país. Los estudios sobre evasión se refieren a tres grandes dimensiones del fenómeno:
La comparación de las personas registradas y que declaran, frente a las que deberían estar registradas y declarar.
La comparación entre las bases tributarias “reales” y las que declaran los contribuyentes al fisco.
La comparación entre el recaudo efectivo y el recaudo teórico esperado, sí todas las personas obligadas declaran, si las bases tributarias declaradas coinciden con las reales, y si el contribuyente paga efectivamente lo que debe.
Estos métodos se pueden clasificar en dos grandes categorías:
Métodos directos: que utilizan muestras de “contribuyentes potenciales” para hacer seguimientos y auditorias, con diferentes grados de cubrimiento y profundidad. También se incluyen como métodos directos las encuestas de opinión, para medir actitudes en torno al problema tributario, y modelos de juegos experimentales para medir las actitudes individuales frente al riesgo, que puedan dar luces sobre los fenómenos de evasión, con base en muestras representativas.
Métodos indirectos: que se valen de “rastros” o “indicios” que dejan los fenómenos de evasión en variables económicas observables. Estas señales son captadas por el sistema financiero, por las encuestas de hogares (fuerza de trabajo y presupuestos y gastos familiares), por las estadísticas laborales, y por el sistema de cuentas nacionales o regi
La evasión y la elusión de impuestos y contribuciones fiscales no son nuevas. Son un fenómeno universal que ha estado presente en todo tiempo y lugar, en todas las clases sociales y todos los sectores de la sociedad. Sin embargo, es importante saber que el rápido crecimiento de la economía internacional, hizo que perdieran interés frente al rápido crecimiento de las bases impositivas, la aparición de nuevos tributos de alta elasticidad como el IVA y el incremento en las tasas de impuestos, se presenta como innovación en las últimas dos décadas y este interés ha vuelto al primer plano por varias razones, entre las cuales pueden mencionarse las siguientes:
1) El crecimiento de déficit fiscal, unido a las grandes dificultades políticas para reducir el gasto público o aumentar las tasas impositivas.
2) La presión social para establecer una mayor equidad, de forma tal que individuos con niveles de ingreso similares no hagan efectivo el tributo.
3) El crecimiento de la informalidad y del trabajo por cuenta propia en zonas urbanas, asunto de especial preocupación en Venezuela.
Llama la atención la escasez de referencias a la evasión y elusión de las contribuciones para seguridad social, y dentro de las existentes, el poco peso que tiene el régimen de salud frente al régimen de pensiones. La razón para ello, posiblemente, es el hecho de que en muy pocos países del mundo, y en especial en los países más desarrollados que generan mayor cantidad de estudios, se ha tratado de llevar a la práctica un seguro universal de salud financiado con aportes fiscales y subsidios.

jueves, 21 de mayo de 2009

BCV financiará al fisco, gracias a comercialización de oro.

El fisco podría contar con otra fuente de ingresos gracias a que el Banco Central de Venezuela (BCV) ajustó el esquema de comercialización de oro. El ente emisor estableció y publicó esta semana que 70% de la producción de oro se tiene que destinar al mercado interno y 30% a la exportación. Y del 70% que se colocará internamente 60% se debe ofrecer al Banco Central y 10% al sector transformador nacional. Debido a que gran parte de la producción estará a disposición del ente emisor y se considera que la venta de oro reportara utilidades, 85% de la misma se deben destinar al fisco, por lo cual la comercialización del oro será una nueva fuente de financiamiento.

Si el ente emisor asume el control sobre el oro, puede comprar y luego vender, lo que le permitirá obtener un beneficio y más ante el precio al que se está cotizando el oro, que es de casi 1.000 dólares la onza. El instituto desde el año 2000 le ha dado al fisco ganancias cambiarias y luego en 2005 con la reforma de la Ley del BCV se le estableció la obligatoriedad de entregar las reservas excedentes al Fonden (Fondo de Desarrollo Nacional). Sin embargo, ante el flujo de ingresos petroleros no se contempla un mayor crecimiento de las reservas internacionales, lo cual podría incidir en los aportes al Fondo de Desarrollo para el próximo ejercicio.
Se ha apuntado que las ganancias que se pueden generar con la venta de oro serían otra fuente de recursos y el Ejecutivo nacional no tendría que aplicar más ajustes luego de los efectuados en marzo. Por la caída de la contribución petrolera el Gobierno recortó el gasto e incremento los niveles de endeudamiento. Se espera que adicionalmente la acumulación de reservas de oro permita expandir la base monetaria y generar más circulante. En noviembre del pasado año, el ministro de Industrias Básicas, Rodolfo Sanz, indicó que este año se incrementaría la capacidad de producción de oro de 4,2 a 8,2 toneladas al año y en ese marco apuntó que necesario tratar de recuperar el oro para aumentar las reservas internacionales. El Banco Central para compensar las pérdidas de enero realizó ventas de oro, sin embargo, el traspaso de los activos al Fonden si el ente emisor asume el control sobre el oro, puede comprar y luego vender, lo que le permitirá obtener un beneficio. Esto ha tenido incidencia en los estados financieros de la institución y al cierre de marzo el BCV siguió registrando saldos negativos.
Ciertamente resulta interesante el ajuste realizado por el BCV que va en pro de beneficiar la económia y más en este momento de crisis donde se ha tenido que recortar el presupuesto, aumentar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y hacer ciertas modificaciones a nivel fiscal. El panorama para esta nueva medida prevee muy buenos resultados y estima ser muy rentable.

miércoles, 6 de mayo de 2009

Deberes Formales de los Contribuyentes



En primera instancia debemos definir lo que son deberes formales;
Son actuaciones explicitas, es decir, que están claramente expresadas y que impone la administración tributaria, a los administrados o contribuyentes, en virtud de las disposiciones que establece el Código Orgánico Tributario y en los preceptos previstos en las leyes y reglamentos.

Hoy en día ha cobrado gran interés e importancia entre las personas que contribuyen a los impuestos nacionales el cumplimiento de los deberes formales; debido al grado en el que se ha hecho partícipe e imposición la administración tributaria, con base a las disposiciones establecidas en el Código Orgánico Tributario y demás leyes y reglamentos de la República Bolivariana de Venezuela. De igual manera han surgido ciertos interrogantes y dudas sobre a quién corresponde la elaboración de los documentos, los libros, auxiliares e informes requeridos por la administración tributaria a los administrados.

Es por ello, que las actividades de fiscalización e investigación que realice la administración tributaria de forma activa y generalizada ejerce de algún modo presión sobre los contribuyentes, responsables y terceros, obligándolos a cumplir con los deberes formales.
También, al parecer ha generado gran incertidumbre es en cómo se debe realizar y cuando presentar las obligaciones, quién debe hacerlo, pues bien más adelante les daremos a conocer con mas detalle este punto.
Ahora bien, entre los deberes que debe cumplir todo contribuyente formal se tiene:
1. Los contribuyentes formales deberán estar inscritos en RIF, y comunicar al SENIAT todo lo referente a los cambios surgidos en los datos ,y lo referente al cese de las actividades, es decir si se declara inactivo.
2. En cuanto a las facturas que se emitan en relación a las ventas , o cualquier otro documento este deberá estar duplicado y deberá poseer todos aquellos requisitos impuesto en la ley.
3. Deberán llevar los libros, registros y archivos adicionales conforme a las normas legales y los principios de contabilidad generalmente aceptados y mantenerlos en el domicilio o establecimiento del contribuyente y responsable. Es importante acotar que las personas que esté a su cargo este tipo de trabajo, deben ser muy cuidadosos y no dejar pasar por alto cualquier detalle que pueda ser motivo de sanción.
4. En relación a las ventas y a las compras, estas deberán mensualmente presentar una relación cronológica del respectivo período.
5. Los contribuyentes y los responsables están obligados a declarar el impuesto sobre l renta; personas naturales, que hubieren obtenido un enriquecimiento neto de 1.000 Unidades Tributarias. Que hubieren obtenido ingresos brutos superiores a 1.500 Unidades Tributarias.
También están las personas jurídicas, ya que todas deben declarar independientemente del monto de los enriquecimientos obtenido o de las pérdidas sufridas.
¿Qué ingresos deben declararse? Las personas residentes en Venezuela deben declarar la totalidad de las rentas obtenidas dentro y fuera del territorio nacional.
¿Cómo debe declararse el impuesto? La administración Tributaria ha dispuesto que la declaración y pago del I.S.L.R se efectúe bajo dos modalidades: vía electrónica a través de la página web.
http://www.seniat.gob.ve/. Y manualmente a través de formularios impresos que pueden adquirirse en las oficinas de ipostel de todo el país.
El in
cumplimiento de los deberes formales acarrea una sanción respectiva, donde se le informará al responsable o contribuyente dicha resolución.
Los ilícitos pueden darse de cuatro tipos previstos en su actual artículo 80 del Código Tributario: 1. Ilícitos formales; 2. Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas; 3. Ilícitos materiales, y 4. Ilícitos sancionados con pena restrictiva de libertad.
Según el artículo 99 del código orgánico tributario reformado, los ilícitos formales se originan por el incumplimiento de los siguientes deberes: 1. Inscribirse en los registros exigidos; 2. Emitir o exigir comprobantes; 3. Llevar libros y registros; 4. Presentar declaraciones y comunicaciones; 5. Permitir el control de la Administración Tributaria; 6. Informar y comparecer ante la Administración; 7. Acatar las órdenes de la Administración, y 8. Cualquier otro deber legal.
Cada deber incumplido conlleva a una sanción respectiva que puede ir de pagar 10 UT a 750 UT eso dependiendo del nivel o grado de dificultad e ilícito.
Los deberes formales enmarcados en el plan evasión cero es un operativo de fiscalización permanente que posee estrategias claras y muy definidas y su principal objetivo consiste en fortalecer y desarrollar la capacidad fiscalizadora de la administración tributaria. Además de ello el plan evasión cero busca estratégicamente desempeñar funciones a nivel interno de la institución con el objeto de gestionar los cambios organizacionales necesarios para hacer del SENIAT un ente moderno adecuado a la realidad económica y cambiante.
En términos generales el plan evasión cero es un operativo permanente de fiscalización con metas propias y objetivos bien definidos y establecidos pero lo más importante es que gracias a este operativo, organización, ente, se busca es reducir al mínimo los niveles de evasión elusión y contrabando.
Con esto podemos concluir que los deberes formales de los contribuyentes constituyen un hecho muy importante dentro de una nación, porque ello permitirá el cumplimiento de las leyes establecidas y una contribución más al logro de los objetivos estadales sin discriminación de posición social, todo ello para el beneficio de la colectividad.








viernes, 3 de abril de 2009

Medidas en Materia Fiscal para Contrarrestar la Crisis Economica Mundial


La crisis economica mundial que comienza a finales del 2008 en Estados Unidos y que se ha extendido a lo largo de este año ha afectado a todos los paises sin distincion de nivel de desarrollo. Las causas fundamentales de esta situacion han sido:




  • Altos precios de las materias primas.


  • Crisis Alimentaria Mundial.

  • Elevada Inflacion


  • Amenaza de Recesión en todo el Mundo.


  • Crisis Crediticia e Hipotecaria.




Nuestro Pais no escapa de esta realidad y pese a que el presidente en reiteradas ocasiones afirmo que esta crisis no afectaria a Venezuela el pasado 28 de marzo en cadena nacional anuncio al pais un conjunto de medidas economicas que ayudarian a enfrentar la crisis.




En materia fiscal se establecio un aumento del 30% del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), del 9% al 12%, con el fin de incrementar los ingresos por impuestos y de esta manera contrarrestar lo que se esta dejando de persivir de la renta petrolera debido a la baja del precio en el barril de crudo.

Aunado a esto el estado decide endeudarse internamente con 22000 millones de bolivares. Dicho endeudamiento se efectuará de forma interna, es decir, mediante bonos o créditos solicitados a la banca venezolana ya que resulta mas factible y menos riesgoso hacerlo de esta manera.

Por otro lado se reformula el preupuesto nacional que pasa de 167.474 millones Bs. Fs. a 156.388 millones de Bs, es decir, una reducción del 6,7 %.


Por otra parte se halla un llamado a la racionalizacion del gasto publico y se hace la orden a todas las organizaciones que conforman el estado a gastar solo en lo necesario asi como tambien a hacer una restructuracion de los sueldos y salarios en la asamblea nacional, ministerios entre otros para de esta manera frenar la salida de dinero por estas actividades.




































martes, 31 de marzo de 2009

Expectativas

Dentro de nuestra formacion es de vital importancia capacitarnos como profesionales integrales y con bases solidas de conocimiento de alli que esperamos que legislacion fiscal permita afianzar los conocimientos que a lo largo de la carrera hemos ido adquiriendo y que de la misma manera nos permita adoptar nuevas enseñanzas que nos permita entender de mejor manera temas como a donde se dirige los impuestos que dia a dia pagamos al estado, o las politicas que en materia fiscal se establezcan en nuestro pais.